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Orden ejecutiva 11 - Límites adicionales a las multitudes - 3/15/2020

ORDEN EJECUTIVA NÚM. 11

Más límites al tamaño de las reuniones intencionales

CONSIDERANDO, el 13 de marzo de 2020, se declaró un estado de emergencia en el condado de St. Louis en relación con el riesgo inmediato y significativo que representa el COVID-19 para la salud, la seguridad y el bienestar de la gente del condado de St. Louis;

CONSIDERANDO, El párrafo 6 de la Orden Ejecutiva del 13 de marzo de 2020 declaró ilegal que cualquier persona organice o asista a una reunión intencional de 250 personas o más en un solo espacio o sala y además exigió que toda persona que organice una reunión de 249 personas o menos tomar medidas apropiadas para minimizar el riesgo en la mayor medida posible mediante la implementación y el cumplimiento de medidas de mitigación, que incluyen, entre otras, el distanciamiento social, la limitación del período de tiempo de las reuniones, la limpieza frecuente de todas las superficies y la colocación de carteles;

CONSIDERANDO, las limitaciones sobre el tamaño de las reuniones y otros requisitos relacionados descritos en la orden ejecutiva del 13 de marzo de 2020 se basaron en la orientación de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (los “CDC”) );

CONSIDERANDO, el 15 de marzo de 2020, los CDC modificaron sus directrices para prevenir y limitar la propagación de COVID-19;

CONSIDERANDO, los CDC ahora recomiendan que el tamaño de las reuniones se limite a 50 personas o menos y que los eventos con menos de 50 personas se permitan solo si los organizadores cumplen con las pautas para proteger a las poblaciones vulnerables, la higiene de manos y el distanciamiento social;

CONSIDERANDO, la guía de los CDC del 15 de marzo de 2020 no se aplica al funcionamiento diario de escuelas, instituciones de educación superior o empresas;

CONSIDERANDO, la guía de los CDC del 15 de marzo de 2020 “no pretende reemplazar el consejo de los funcionarios de salud pública locales”;

AHORA POR TANTO, Yo, Sam Page, Ejecutivo del Condado, Condado de St. Louis, Missouri, por la presente PEDIR y DECLARAR el seguimiento:

  1. El párrafo 6 de mi Orden Ejecutiva de fecha 13 de marzo de 2020 será rescindido y reemplazado por lo siguiente como si estuviera completamente establecido en él:

Por la presente se declara ilegal que cualquier persona organice o asista a una reunión intencional de 50 personas o más en un solo espacio o sala. Se dispone además que cualquier persona que organice una reunión de 49 personas o menos deberá tomar las medidas adecuadas para minimizar el riesgo en la mayor medida posible mediante la implementación y el cumplimiento de medidas de mitigación, que incluyen, entre otras, el distanciamiento social, la limitación del período de tiempo de las reuniones, limpieza frecuente de todas las superficies y colocación de carteles. Además, se declara ilegal que cualquier persona organice o asista a una reunión intencional de más de 10 personas de grupos de alto riesgo, según la definición de ese término por parte del Director del Departamento de Salud Pública. Este párrafo no se aplicará a la asistencia a la escuela, lugares de empleo, tiendas de comestibles, tiendas minoristas, medios de transporte público o cualquier actividad que un tribunal de jurisdicción competente considere que no puede cerrarse constitucionalmente en estas circunstancias específicas.

  1. El Director del Departamento de Salud Pública podrá promulgar las reglas, órdenes, políticas y orientaciones obligatorias o consultivas que sean necesarias y apropiadas para implementar esta Orden Ejecutiva o la Orden Ejecutiva del 13 de marzo de 2020, o para definir cualquiera de los términos utilizados. en cualquier orden. Las reglas, órdenes o políticas obligatorias así promulgadas tendrán fuerza de ley en la mayor medida permitida por las leyes federales, estatales y del condado. 
  1. Esta orden entrará en vigencia inmediatamente después de mi ejecución y expirará solo con una orden adicional.

ASÍ LO ORDENÓ este día quince de marzo de 2020.